Son muchas las normas que conocemos y damos por hecho, ya sea porque se dan a conocer de manera recurrente o porque las naturalizamos con el paso del tiempo. Es el caso, por ejemplo, del exceso de velocidad en carretera. Todos conocemos el riesgo que supone rebasar el límite establecido. Una sanción económica en el mejor de los casos, a lo que se puede unir la pérdida de puntos en el carné de conducir si la velocidad se excede en exceso.
Sin embargo, muchas otras normativas urbanas son desconocidas por el gran público y ni siquiera somos conscientes de que podemos ser multados por ellas. Llevar una navaja encima puede traernos problemas y así lo avisa la Guardia Civil que alerta de que el Reglamento de Armas prohíbe portar cualquier arma que no esté sujeta a la normativa vigente, como ocurre con las navajas automáticas, las de doble filo o las que tienen forma de tarjeta de crédito.
Grilletes, navaja, bridas, 250 litros de ácido… La lista de la compra de un secuestrador
Nacho Abad
Conocidas como navajas ultradelgadas, estas últimas están a la venta desde 4 euros en diferentes páginas web y se promocionan como accesorio para cocinar o realizar actividades en la naturaleza como el buceo, la pesca o la caza. Asimismo, los vendedores la publicitan como herramienta de gran utilidad para situaciones de emergencia en las que se necesita intervención médica de emergencia. Sin embargo, está totalmente prohibidas.
Hasta 30.000 euros de multa
De hecho, en caso de pillarte con este instrumento encima, aunque no se esté usando para ningún fin peligroso, se corre el riesgo de que sea requisada y de ser sancionado con una multa que va desde los 601 euros hasta los 30.000 euros. La cifra variará según el tipo de arma prohibida que se lleve en el bolsillo, teniendo en cuenta su peligrosidad y cómo puede afectar al resto.
Así lo ha explicado la Guardia Civil en su cuenta oficial de TikTok. Para justificar el motivo por el que esta sanción puede llegar a ser tan elevada, han demostrado el funcionamiento de esta navaja, que puede pasar perfectamente por una tarjeta que se puede esconder muy fácilmente en la cartera, y han pedido precaución ya que en solo tres movimientos puede convertirse en un arma.
El artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana de 31 de marzo de 2015 asegura que “portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aun cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal”.